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Montar una correduría de seguros en España es una excelente oportunidad para emprender seguros como negocio independiente, ofreciendo asesoramiento imparcial a clientes frente a múltiples aseguradoras. A continuación te explico en detalle los requisitos correduría, los pasos administrativos y las herramientas necesarias para comenzar con éxito.

  1. Legislación y marco regulatorio

La Ley 26/2006 de Mediación de Seguros obliga a que una correduría de seguros adopte una forma jurídica (sociedad mercantil o cooperativa) e incluya en sus estatutos el CNAE 6622. Además, debe cumplir con la normativa establecida por la Dirección General de Seguros y Fondos de Pensiones (DGSFP), que regula temas como:

  • Inscripción en el Registro Mercantil.
  • Solicitud de inscripción como corredor ante la DGSFP (el silencio administrativo es positivo tras 3 meses).
  • Contratación de seguro de responsabilidad civil y capacidad financiera mínima del 4% de las primas anualizadas.
  • Cumplimiento del Reglamento General de Protección de Datos (RGPD) y prevención de blanqueo.
  1. Requisitos legales y profesionales

Formación y titulación

El corredor principal y parte clave del equipo directivo deben poseer el título de mediador de seguros, grupo A, obtenido a través de los exámenes oficiales convocados por la DGSFP tras realizar un curso teórico de unas 500 horas.

Estructura societaria y órganos

Se debe constituir una sociedad (anónima, limitada o cooperativa), inscribirla en el Registro Mercantil, y definir claramente:

  • Órgano de dirección: al menos la mitad de sus miembros con título de mediador.
  • Dirección técnica responsable de la actividad, también con titulación.
  • Estatutos donde conste de forma explícita el objeto de «Correduría de Seguros».

Plan de negocio y cartas de intención

El expediente a presentar debe incluir un plan de negocio detallado con previsiones económicas y operativas, además de cartas de compromiso firmadas por aseguradoras que respalden la viabilidad del proyecto.

  1. Requisitos administrativos y burocracia
  1. Inscripción en el Registro Mercantil: requisito imprescindible antes de solicitar autorización.
  2. Presentación del expediente a la DGSFP: mediante certificado digital o en formato papel.
  3. Periodo de silencio administrativo de 3 meses tras la solicitud: si no hay respuesta, se asume la aprobación.
  4. Inscripción en el Colegio de Mediadores: obligación para ejercer, así como formación continua supervisada por el Consejo General de los Colegios de Mediadores.
  1. Herramientas necesarias

Tecnológicas

  • ERP o CRM especializado para gestión de clientes, siniestros, renovaciones y documentación.
  • Firma electrónica cualificada, imprescindible para comunicaciones oficiales.
  • Plataformas comparadoras y acceso a portales de aseguradoras, para ofrecer al cliente análisis objetivo.

Materiales y recursos

  • Seguro de responsabilidad civil profesional.
  • Espacio de oficina, aunque hoy muchas corredurías operan parcialmente en remoto con visita presencial cuando el cliente lo requiere.
  • Recursos para atención al cliente (teléfono, email, canal digital) y apoyo en reclamaciones y siniestros.
  1. Ventajas de montar una correduría
  1. Medidor profesional y apoyo institucional

Inscribirse en el Colegio de Mediadores aporta formación, recursos y respaldo, clave para sostener la calidad del servicio. La DGSFP supervisa continuamente el cumplimiento normativo y la solvencia de la correduría.

Conclusión

Para montar una correduría de seguros en España necesitas:

  • Formación y titulación como mediador (Grupo A).
  • Constitución legal de la sociedad y establecimiento de órganos de dirección y técnicos con experiencia.
  • Presentar un expediente sólido con plan de negocio y respaldo de aseguradoras.
  • Inscríbete en la DGSFP y el Colegio de Mediadores.
  • Implementa las herramientas tecnológicas y administrativas adecuadas.

Una vez cumplidos todos los requisitos correduría, podrás ejercer con independencia, confianza y profesionalidad.

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